sábado, 11 de junio de 2016

Importes del Servicio de Policía Adicional


Referencias:


(I) CATEGORÍA UNO: “…EN ESPECTÁCULOS O REUNIONES PÚBLICAS DE CARÁCTER DEPORTIVO O NO...", en la que se incluirán (eventos deportivos de toda índole, básquet, vóley, fútbol, tenis, carreras automovilísticas, ciclísticas, motociclísticas; espectáculos públicos como ser festivales de doma y folklore, jineteadas, recitales de Rock, boliches y locales bailables; Pub, confiterías o similares, etc. Para todos estos casos y aquellos en que no puedan encuadrar bajo estas condiciones, el valor de cada hora por UN EFECTIVO, pasará de $ 100,00 a $ 160,00: (PESOS CIENTO SESENTA) a lo que se le deberá restar el 5 % correspondiente a la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Santa Cruz.

(II) CATEGORÍA DOS: “...BANCOS, INSTITUCIONES DE CRÉDITO O LOCALES DONDE SE GUARDEN VALORES; ACOMPAÑAMIENTO DE PAGADORES, RECAUDADORES Y TODO TRASLADO DE VALORES..." es decir todo tipo de entidades financieras y crediticias, como así también en aquellos recintos cerrados que se brinda seguridad en las cajas recaudadoras (Ej. Tesorerías de Entes Públicos-Privados, Supermercados en general, etc.; para lo cual se establecerá, el valor de la hora por UN EFECTIVO, pasara de $ 97,00 a $ 160,00: (PESOS CIENTO SESENTA) a lo que se le deberá restar el 5 % correspondiente a la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Santa Cruz.-

(III) CATEGORÍA TRES (a): "...SEGURIDAD DE PERSONAS O BIENES...”, instalaciones edilicias y predios de entidades privadas; fijándose el valor de la hora por UN EFECTIVO, pasará de $ 95,00 a $ 155,00; (PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO) a lo que se te deberá restar el 5 % correspondiente a la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Santa Cruz.-
Modificado por Disposición nº 122-"J"/2015. Vigencia a partir del 01/03/2016.-

(IV) CATEGORÍA TRES (b): “...SEGURIDAD DE PERSONAS O BIENES...", instalaciones edilicias y predios de entidades públicas; fijándose el valor de la hora por UN EFECTIVO, pasará de $ 95,00 a $ 130,00 (PESOS CIENTO TREINTA) a lo que se deberá restar el 5 % correspondiente a la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Santa Cruz.-
Modificado por Disposición nº 037-"J"/2016. Vigencia a partir del 01/05/2016.-

(V) VIÁTICO DIARIO ADICIONAL: Fijar en toda la Provincia de Santa Cruz a partir del 01 de Marzo del 2016, de $ 400,00 a la suma de $ 640,00 (PESOS SEISCIENTOS CUARENTA), por día de viático del servicio Policía Adicional.-
Modificado por Disposición nº 122-"J"/2015. Vigencia a partir del 01/03/2016.-